¿Jubilación móvil o inmóvil en Argentina?

Como de costumbre, el Poder Judicial sale a ocupar el espacio de equidad que dejan sin cubrir los poderes Ejecutivo y Legislativo frente a la sociedad argentina. Ahora ha ordenado la Corte Suprema de Justicia al Congreso de la Nación que en un “plazo razonable” fije el criterio para aumentar periódicamente el haber de los jubilados. Es decir que se cumpla con el mandato del artículo 14 bis de la Constitución de instituir una jubilación “móvil”. Porque hoy es el Poder Ejecutivo el que dispone por decreto, cuando se le ocurre, cuando se les aumenta y cuándo no a los retirados. Desde hace ya un cuarto de siglo La Calle ha puesto su crítica sobre este tema. Los distintos gobiernos que ha tenido el país desde 1946 han venido saqueando las cajas de jubilaciones, y el jubilado ha sido en gran medida el sacrificado en toda la fiesta del gasto público que ha habido en el país. No se han hecho estudios serios sobre el tema, pero no sería arriesgado decir que de diez pesos que aportan, solo se les devuelve no más de dos, y los ocho restantes van a los dispendios oficiales, generalmente destinados a sostener a quienes están en el poder a través del clientelismo. Menem trató de poner algo de equilibrio en el sistema creando el sistema privado de las AFJP, pero desde Duhalde hasta aquí se hizo lo posible por volver atrás.

La decisión de la Corte Suprema puede ser comprensible para cualquiera; el problema es si lo será para el justicialismo gobernante, que ha sido uno de los grandes protagonistas de todo este proceso. Qué es “plazo razonable” puede ir desde un mes hasta siglos, y la justicia de la pauta de ajuste puede no ser sino un sistema de injusticia. Nadie puede saber qué harán los gobernantes con este tema, pues lo que han hecho en estos decenios de gobiernos ha sido realmente pobre. Por otra parte la Corte le manda al Congreso de la Nación, entidad casi inexistente debido a dos cesiones hechas en los últimos días: la ley de superpoderes y la reglamentación de los decretos de necesidad y urgencia. ¿Dictará el Congreso una ley o lo hará el Presidente? Porque lo cierto es que la degradación forjada por el justicialismo permite dudar del funcionamiento del sistema institucional. Por ello ha sido importante que la Corte, designada por Kirchner, le haya ordenado esto al Congreso, pues esta es una de sus atribuciones. Habrá que esperar a ver qué sucede, pues surge con claridad que si el Congreso no dicta la norma en un “plazo razonable” o si los aumentos son despreciables comenzarán los tribunales a ajustar los haberes en los casos en que se recurra a la justicia, y estos aumentos seguramente serán mayores a los que podría disponerse a conceder el poder político. Habrá que esperar, pero ¿cuánto?

[Fuente: lacalle-online.com]

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Hay 1 comentario. »

  1. José Luis

    Por suerte un poder del Estado se acuerda de los derechos del pueblo, que no son más que los expresados en la Constitución y avasallados por el gobierno. Esperemos que no lleguen al extremo de ignorar también a la Corte Suprema.

    Saludos

    Daniel

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