Los planes de pensiones pondrán rescatarse si existe un embargo
Desde la Dirección General de Seguros se ha elaborado un documento que recoge los cambios relativos a las modificaciones en el rescate de los planes de pensiones.
Tras la modificación realizada que permite el rescate de los derechos consolidados del plan de pensiones en caso de desempleo, ahora se evalúa la posibilidad de permitir el recate del plan de pensiones cuando el titular haya sufrido un embargo de vivienda, suelo, bienes, etc.…
Si la iniciativa se aprueba se deberán realizar las modificaciones legales pertinentes que recogerán un procedimiento operativo que contempla que los derechos consolidados del plan de pensiones se ingresarán en una cuenta bancaria y podrán ser destinados a saldar deudas pendientes.
Queda fuera del embargo el salario mínimo interprofesional que asciende a 624 euros mensuales y debe provenir de una pensión pública o una nómina.
Los derechos consolidados de los planes de pensiones contemplarían ahora dos posibilidades de rescate:
Desempleo y enfermedad grave
Embargo por deudas pendientes.
Con esta iniciativa se pretende dotar de una vía de acceso a la liquidez necesaria para saldar las deudas pendientes y evitar de esta forma, la pérdida de la vivienda y/ o los salarios y saldos en cuentas.
En el mismo informe, la Dirección General de Seguros, plantea limitar el acceso a inversiones con alto nivel de riesgo. Los planes de pensiones han vivido una época compleja debido a la incertidumbre económica lo que hizo imposible valorar relamente las inversiones de los titulares.
Además del rescate en caso de embargo, se plantean varias modificaciones en materia de planes de pensiones individuales.
La Dirección General de Seguros pretende prohibir las campañas de final de año que se basan en regalos debido a que es contraria a los incentivos económicos y pretende que la eliminación de los regalos en efectivo suponga una reducción de costes para las entidades que se trasladen a una rebaja en las comisiones repercutidas a clientes.
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Febrero 1st, 2010 at 5:18 pm
hola tengo deudas inportantes en varios bancos tengo un plan de pensiones de 36000 euros poro si lo rescato los bancos tiene derecho a quedarse con el dinero puedo cobrarlo sin que actue los bancos puedo ponerlo en una cuenta donde este mi hijo de titular y yo de autorizado me gustaria que aguien me diga algo gracias