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	<title>DEMAYORES.COM &#187; Legislación</title>
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	<description>Noticias de interes para personas mayores</description>
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		<title>Propugnan compatibilizar la pensión de jubilación con el ejercicio de una actividad profesional</title>
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		<pubDate>Sun, 10 Jul 2011 17:07:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jose Luis Jordana Laguna</dc:creator>
				<category><![CDATA[Jubilación]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Organizaciones]]></category>

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		<description><![CDATA[La Confederación Española de Organizaciones de Mayores (CEOMA) defiende la compatibilidad de la pensión de jubilación y el ejercicio de una profesión liberal. De no ser así, la Confederación considera que los profesionales verán limitados sus derechos. La Orden TIN / 1362 /2011, de 23 de mayo, sobre el Régimen de Incompatibilidad de la Pensión [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Confederación Española de Organizaciones de Mayores (CEOMA) defiende la compatibilidad de la pensión de jubilación y el ejercicio de una profesión liberal. De no ser así, la Confederación considera que los profesionales verán limitados sus derechos. La Orden TIN / 1362 /2011, de 23 de mayo, sobre el Régimen de Incompatibilidad de la Pensión de Jubilación del Sistema de la Seguridad Social con la actividad desarrollada por cuenta propia por los profesionales, establece la incompatibilidad de cobrar una pensión y el ejercicio de una actividad por cuenta propia. Esta medida supone una limitación de un derecho adquirido el derecho a la prestación de jubilación, que se ha generado en virtud de los años trabajados. Desde hace años, CEOMA potencia iniciativas destinadas a impulsar la prolongación de la vida laboral de las Personas Mayores que así lo deseen. En este sentido, la Confederación ha apoyado que la edad de jubilación sea flexible y ha valorado positivamente establecer una edad de jubilación fijada para actividades laborales de cierta dureza. </p>
<p>La Confederación Española de Organizaciones de Mayores (CEOMA) es una organización sin ánimo de lucro creada para la defensa de los derechos de las personas mayores. Representa a más de un millón de Socios de Base y casi 1.500 Asociaciones y abarca a 40 organizaciones de mayores de las distintas Comunidades Autónomas. Más información: www.ceoma.org</p>
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		<title>En España los discapacitados se jubilarán antes</title>
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		<pubDate>Tue, 08 Dec 2009 10:22:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jose Luis Jordana Laguna</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legislación]]></category>

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		<description><![CDATA[Aprovechando la circunstancia de la celebración del &#8220;Día Internacional de la Discapacidad&#8221;, el presidente del Gobierno español, Rodríguez Zapatero, anunció que el Consejo de Ministros va a aprobar una ley por la que se va adelantar la edad de jubilación para aquellas personas que sufran de discapacidad. Este adelanto de la jubilación estará condicionado al [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Aprovechando la circunstancia de la celebración del &#8220;Día Internacional de la Discapacidad&#8221;, el presidente del Gobierno español, Rodríguez Zapatero, anunció que el Consejo de Ministros va a aprobar una ley por la que se va adelantar la edad de jubilación para aquellas personas que sufran de discapacidad. Este adelanto de la jubilación estará condicionado al grado de afectación de la discapacidad de cada persona mayor. </p>
<p>El presidente del Gobierno español hizo este anuncio ante los miembros del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), a los que recibió en el Palacio de La Moncloa. Zapatero agradeció a los miembros del CERMI su “lucha responsable” para concienciar a los ciudadanos de que es necesario solucionar los problemas que se plantean a los discapacitados y atender sus “justas” aspiraciones y reivindicaciones. </p>
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		<title>Servicio de orientación e información jurídica gratuita a los mayores de Toledo</title>
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		<pubDate>Thu, 22 Oct 2009 15:00:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>guadalupe</dc:creator>
				<category><![CDATA[Administración Pública]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Recursos]]></category>
		<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Información jurídica]]></category>
		<category><![CDATA[Orientación]]></category>
		<category><![CDATA[Toledo]]></category>

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		<description><![CDATA[El Ayuntamiento de Toledo ha firmado junto con el Colegio de Abogados de Toledo un convenio de orientación e información jurídica gratuita del que se beneficiaran las personas mayores de la localidad, el Colegio de Abogados elegirá a un letrado del Servicio de Orientación Jurídica para que asesore e informe de forma individualizada  todas las [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify">El Ayuntamiento de Toledo ha firmado junto con el Colegio de Abogados de Toledo un<strong> convenio de orientación e información jurídica gratuita </strong>del que se beneficiaran las <strong>personas mayores de la localidad</strong>, el Colegio de Abogados elegirá a un letrado del Servicio de Orientación Jurídica para que asesore e informe de forma individualizada  todas las peticiones que se haya planteado.</p>
<p style="text-align: justify">Este novedoso  servicio esta destinado a todas aquellas <strong>personas mayores</strong> que no tienen suficientes<strong> </strong>recursos<strong> </strong>económicos para costearse un abogado.</p>
<p style="text-align: justify">Los<strong> <span style="text-decoration: underline">requisitos</span> </strong>que tienen que cumplir los solicitantes de este servicio son:</p>
<p>Tener más de <strong>65 años</strong>.</p>
<p>Estar <strong>empadronado en Toledo</strong>.</p>
<p>Ser socio de los <strong>centros de mayores </strong>municipales.</p>
<p style="text-align: justify">Para solicitar esta ayuda se deben dirigir antes a los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Toledo, para estudiar su caso y posteriormente<strong> </strong>se derivaran<strong> </strong>al servicio de orientación jurídica, mediante cita previa. La atención del servicio será personalizada<strong> </strong>a cada caso concreto y<strong> </strong>al menos dos veces al mes.</p>
<p style="text-align: justify">El asesoramiento jurídico se promoverá en los <strong>tres centros de mayores municipales</strong> de Toledo, ubicados en los barrios de<strong> </strong>Santa Bárbara<strong>,</strong> en Santa<strong> </strong>María de Benquerencia<strong> </strong>y en San Antón. A las <strong>personas mayores </strong>se les enseñara como solicitar un abogado de oficio y se le asesorara en las distintas ramas del derecho:<strong> </strong>civil, laboral<strong>,</strong> penal, fiscal<strong> </strong>y<strong> </strong>administrativo.</p>
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		<title>Ley Integral de protección a los mayores</title>
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		<pubDate>Sun, 04 Oct 2009 17:02:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carolina Velasco</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Novedades]]></category>
		<category><![CDATA[fiscalía de mayores]]></category>
		<category><![CDATA[Ley Integral de protección]]></category>
		<category><![CDATA[Mayores]]></category>
		<category><![CDATA[mayores de 65]]></category>
		<category><![CDATA[personas mayores]]></category>
		<category><![CDATA[protección de los mayores]]></category>

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		<description><![CDATA[Desde la Fiscalía de Mayores, se reclama la elaboración y formulación de una nueva Ley Integral de protección para el colectivo de la tercera edad. Ante el incremento de las denuncias por incumplimiento de la actual Ley de Dependencia y maltrato que está registrando la fiscalía, se ha detectado un vacío legal en la protección [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify"><span style="font-family: Verdana">Desde la <strong>Fiscalía de Mayores</strong>, se reclama la elaboración y formulación de una nueva <strong>Ley Integral de protección</strong> para el colectivo de la tercera edad. </span></p>
<p style="text-align: justify"><span style="font-family: Verdana">Ante el incremento de las denuncias por incumplimiento de la actual Ley de Dependencia y maltrato que está registrando la fiscalía, se ha detectado un vacío legal en la <strong>protección de nuestros mayores</strong>. </span></p>
<p style="text-align: justify"><span style="font-family: Verdana">Un colectivo creciente que no encuentra la protección y ayuda de los poderes públicos y para quienes la fiscalía de mayores reclama una Ley Integral. </span></p>
<p style="text-align: justify"><span style="font-family: Verdana">El 90% de las denuncias que llegan a la fiscalía proceden de una vulneración de la actual Ley de Dependencia y el 10% restante son situaciones de violencia, maltrato, condiciones infrahumanas de vida, discriminación y rechazo. </span></p>
<p style="text-align: justify"><span style="font-family: Verdana">Si bien según la opinión de la fiscalía la actual Ley de Dependencia es óptima, lo cierto es que se ha detectado que la burocracia excesiva puede dar al traste con la protección.</span></p>
<p style="text-align: justify"><span style="font-family: Verdana">Otro punto crítico en la protección de las <strong>personas mayores</strong> es la falta de recursos económicos con los que se dota al Programa de Atención individual, el incremento de la demanda y la falta de recursos económicos unidos a la burocracia excesiva producen situaciones de desprotección globales que, sin duda, hay que corregir. </span></p>
<p style="text-align: justify"><span style="font-family: Verdana">Los malos tratos es otro de los problemas fundamentales que sufren a diario los <strong>mayores </strong>y que se pretende rectificar con una Ley Integral que permita a un mismo magistrado resolver las cuestiones relacionadas con las personas mayores sean del ámbito civil, penal o administrativo. </span></p>
<p style="text-align: justify"><span style="font-family: Verdana">Los <strong>mayores de 65</strong> años suponen un total de 7,7 millones de personas, de seguir esta tendencia España será el país con mayor número de personas mayores de la Unión europea en el 2050.</span></p>
<p style="text-align: justify"><span style="font-family: Verdana">En los últimos meses del año, la <strong>Fiscalía de Mayores</strong> ha gestionado decenas de denuncias en casos de estafas, malos tratos, abandono, apropiación indebida y maltrato psicológico contra <strong>personas mayores</strong>. </span></p>
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		<title>Se aprueba en México la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores</title>
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		<pubDate>Wed, 20 Feb 2008 12:09:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jose Luis Jordana Laguna</dc:creator>
				<category><![CDATA[Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

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		<description><![CDATA[La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, la cual plantea certificar los asilos y casas-hogar, con el objetivo de detectar las que no cuenten con un registro para operar. Durante la sesión en San Lázaro se aprobó la reforma que establece la creación de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la <strong>Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores</strong>, la cual plantea certificar los asilos y casas-hogar, con el objetivo de detectar las que no cuenten con un registro para operar.</p>
<p>Durante la sesión en San Lázaro se aprobó la reforma que establece la creación de un registro único de todas las instituciones públicas y privadas de casas-hogar, albergues, residencias de día o cualquier centro destinado a la atención de adultos mayores.</p>
<p>La reforma, aprobada con 378 votos a favor y uno en contra, pretende detectar los albergues clandestinos, además de que plantea llevar a cabo inspecciones para verificar las condiciones de funcionamiento de establecimientos de este tipo.</p>
<p>Dichas visitas las efectuará personal del <strong>Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam)</strong>, los cuales también verificarán la capacitación del personal de esos albergues, el modelo de atención y las condiciones de calidad de vida.</p>
<p>Los visitadores informarán a las autoridades competentes de las anomalías que detecten durante las visitas llevadas a cabo a casas- hogar, residencias de día o cualquier centro de atención a las personas adultas mayores, ya sean públicas o privadas.</p>
<p>[Fuente: elporvenir.com.mx]</p>
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		<title>El Senado regula la &#8220;Hipoteca Inversa&#8221;</title>
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		<pubDate>Sun, 18 Nov 2007 10:43:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jose Luis Jordana Laguna</dc:creator>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

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		<description><![CDATA[La Comisión de Economía y Hacienda del Senado tiene previsto aprobar hoy la ley de reforma del mercado hipotecario, para que sea remitida directamente al Congreso. El texto no pasará por el Pleno de la Cámara Alta, tras haberse tramitado en comisión con competencia legislativa plena. Se trata de una ley que cuenta con un [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Comisión de Economía y Hacienda del Senado tiene previsto aprobar hoy la ley de reforma del mercado hipotecario, para que sea remitida directamente al Congreso. El texto no pasará por el Pleno de la Cámara Alta, tras haberse tramitado en comisión con competencia legislativa plena.</p>
<p>Se trata de una ley que cuenta con un importante consenso, ya que durante su tramitación en el Congreso contó con el apoyo de todos los grupos parlamentarios menos el de IU-ICV.</p>
<p>Aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 2 de marzo, entre los principales objetivos de la norma figura reducir hasta en un 80% el coste de modificación de las condiciones de un crédito, puesto que ya no fija como necesario suscribir un nuevo préstamo, reduciéndose así de forma notable los gastos de notaría, registro e impuestos.</p>
<p>Esta norma regula además la figura de la <strong>hipoteca inversa</strong>.</p>
<p>En el Congreso se introdujo una novedad fiscal relacionada con esta materia: la posibilidad de deducirse del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) la cantidad que se obtiene de la hipoteca inversa y que se destine a un plan de previsión asegurado.</p>
<p>[Fuente: discapnet.es]</p>
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		<title>Aspectos jurídicos de la &#8220;Hipoteca Inversa&#8221;</title>
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		<pubDate>Wed, 24 Oct 2007 19:33:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jose Luis Jordana Laguna</dc:creator>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Novedades]]></category>
		<category><![CDATA[Pensiones]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios]]></category>

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		<description><![CDATA[El Congreso de los Diputados ha aprobado el proyecto de ley de reforma del mercado hipotecario, que pasará al Senado, con el que se persigue reducir los costes asociados a las hipotecas, así como rebajar los pagos derivados de los cambios en las condiciones de los préstamos. En concreto, la norma pretende reducir en hasta [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El Congreso de los Diputados ha aprobado el proyecto de ley de reforma del mercado hipotecario, que pasará al Senado, con el que se persigue reducir los costes asociados a las hipotecas, así como rebajar los pagos derivados de los cambios en las condiciones de los préstamos. En concreto, la norma pretende reducir en hasta un 80 por ciento el coste de modificación de las condiciones de un crédito.</p>
<p>Sin embargo, esta ley, que fue aprobada por el Consejo de Ministros en marzo también tiene importantes déficits: el más llamativo es la alta dosis de inseguridad jurídica que, a juicio de muchos expertos, tiene la regulación de la hipoteca inversa por las numerosas interrogantes que plantea. Las principales características de la ley son:</p>
<p>La reforma de la legislación del mercado hipotecario regula esta nueva figura que, de hecho, ya está en la práctica y que es una medida implantada en otros países de la Unión Europea y en Estados Unidos. Se trata de un producto de financiación que permite a los mayores de 65 años o dependientes obtener unos ingresos extra mediante el cobro de una renta vitalicia a cambio de su casa, manteniendo la titularidad de la vivienda y su uso.</p>
<p>A su fallecimiento, los herederos podrán recuperar la casa abonando al banco los pagos que haya realizado de la hipoteca junto con sus intereses, o podrá ejecutar el crédito y recuperar la cantidad que reste sobre el precio tasado al hacer la hipoteca.</p>
<p>Aunque la legislación destaca que las entidades que concedan este tipo de hipotecas deberán proproporcionar al cliente información transparente y un asesoramiento independiente sobre los riesgos del producto, asociaciones de consumidores y expertos juristas han destacado que la regulación normativa no ha despejado algunas incertidumbres de la hipoteca inversa. Por ejemplo, la ley utiliza indistintamente las expresiones &#8220;préstamo o crédito garantizado&#8221; para definir la hipoteca inversa, cuando debería hablar sólo de préstamo (un dinero que se debe devolver con unos intereses pactados).</p>
<p>Además, otras de las críticas son que la ley limita este producto a los mayores de 65 años y sólo habla de vivienda habitual, lo que impide solicitar una hipoteca inversa sobre una segunda vivienda. También consideran que no se contemplan las múltiples casuísticas que tienen la población mayor, lo que podría dejar abierta la puerta a que los bancos establezcan las condiciones de las hipotecas inversas en las cláusulas de sus préstamos. Creen también que deja pendiente de regulación muchos aspectos, básicamente en la forma en la que los herederos tendrán que hacer frente a la hipoteca al fallecimiento de su titular.</p>
<p>Otra de las grandes novedades de la ley es la reducción del 1 al 0,5 por ciento de la comisión máxima por cancelación anticipada de hipoteca o subrogación en las firmadas a tipos variables. En las hipotecas a tipos de interés fijo, este porcentaje del 0,5 por ciento sólo podrá aumentarse cuando la cancelación anticipada o subrogación genere una ganancia para el prestatario y una pérdida de capital para la entidad.</p>
<p>Junto con la reducción de las comisiones, la reforma de la ley hipotecaria contempla una rebaja de los costes notariales y registrales en las cancelaciones, novaciones y subrogaciones de hipoteca, ya que las bonificaciones de que ahora disfrutan se elevarán al 90 por ciento en todos los casos. El objetivo del Gobierno es conseguir una rebaja del 40 por ciento en una hipoteca media. Así, en el caso de la cancelación de una hipoteca media de 120.000 euros, ahora se paga alrededor de 240 euros en costes notariales, y con la nueva regulación se pagarán 42 euros, seis veces menos.</p>
<p>La reforma del mercado hipotecario contempla aumentar la independencia y profesionalidad de las tasadoras, estableciendo un código de conducta interno. En el caso de que una tasadora pertenezca a la propia entidad financiera, se tendrá que crear una comisión técnica que vele por el cumplimiento de dicho reglamento interno. Se establece un régimen de participaciones significativas para controlar la composición del accionariado.</p>
<p>Con esta reforma también se flexibiliza el mercado hipotecario regulando las hipotecas de máximos o flotantes, que son aquellas en las que se garantizan varias obligaciones o se mezclan obligaciones presentes o futuras. De esta forma se permitirá admitir nuevos productos hipotecarios que hasta ahora eran rechazados.</p>
<p>[Fuente: eleconomista.es]</p>
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		<title>¿Jubilación móvil o inmóvil en Argentina?</title>
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		<pubDate>Fri, 11 Aug 2006 08:01:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jose Luis Jordana Laguna</dc:creator>
				<category><![CDATA[Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[Jubilación]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

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		<description><![CDATA[Como de costumbre, el Poder Judicial sale a ocupar el espacio de equidad que dejan sin cubrir los poderes Ejecutivo y Legislativo frente a la sociedad argentina. Ahora ha ordenado la Corte Suprema de Justicia al Congreso de la Nación que en un “plazo razonable” fije el criterio para aumentar periódicamente el haber de los [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Como de costumbre, el Poder Judicial sale a ocupar el espacio de equidad que dejan sin cubrir los poderes Ejecutivo y Legislativo frente a la sociedad argentina. Ahora ha ordenado la Corte Suprema de Justicia al Congreso de la Nación que en un “plazo razonable” fije el criterio para aumentar periódicamente el haber de los jubilados. Es decir que se cumpla con el mandato del artículo 14 bis de la Constitución de instituir una jubilación “móvil”. Porque hoy es el Poder Ejecutivo el que dispone por decreto, cuando se le ocurre, cuando se les aumenta y cuándo no a los retirados. Desde hace ya un cuarto de siglo La Calle ha puesto su crítica sobre este tema. Los distintos gobiernos que ha tenido el país desde 1946 han venido saqueando las cajas de jubilaciones, y el jubilado ha sido en gran medida el sacrificado en toda la fiesta del gasto público que ha habido en el país. No se han hecho estudios serios sobre el tema, pero no sería arriesgado decir que de diez pesos que aportan, solo se les devuelve no más de dos, y los ocho restantes van a los dispendios oficiales, generalmente destinados a sostener a quienes están en el poder a través del clientelismo. Menem trató de poner algo de equilibrio en el sistema creando el sistema privado de las AFJP, pero desde Duhalde hasta aquí se hizo lo posible por volver atrás.</p>
<p>La decisión de la Corte Suprema puede ser comprensible para cualquiera; el problema es si lo será para el justicialismo gobernante, que ha sido uno de los grandes protagonistas de todo este proceso. Qué es “plazo razonable” puede ir desde un mes hasta siglos, y la justicia de la pauta de ajuste puede no ser sino un sistema de injusticia. Nadie puede saber qué harán los gobernantes con este tema, pues lo que han hecho en estos decenios de gobiernos ha sido realmente pobre. Por otra parte la Corte le manda al Congreso de la Nación, entidad casi inexistente debido a dos cesiones hechas en los últimos días: la ley de superpoderes y la reglamentación de los decretos de necesidad y urgencia. ¿Dictará el Congreso una ley o lo hará el Presidente? Porque lo cierto es que la degradación forjada por el justicialismo permite dudar del funcionamiento del sistema institucional. Por ello ha sido importante que la Corte, designada por Kirchner, le haya ordenado esto al Congreso, pues esta es una de sus atribuciones. Habrá que esperar a ver qué sucede, pues surge con claridad que si el Congreso no dicta la norma en un “plazo razonable” o si los aumentos son despreciables comenzarán los tribunales a ajustar los haberes en los casos en que se recurra a la justicia, y estos aumentos seguramente serán mayores a los que podría disponerse a conceder el poder político. Habrá que esperar, pero ¿cuánto? </p>
<p>[Fuente: lacalle-online.com]</p>
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		<title>EXPERTO EN DERECHO DEL TRABAJO JUZGA NEFASTAS LAS PREJUBILACIONES</title>
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		<pubDate>Wed, 05 Jul 2006 10:56:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jose Luis Jordana Laguna</dc:creator>
				<category><![CDATA[Jubilación]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

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		<description><![CDATA[Jesús Mercader, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Carlos III piensa que «Las prejubilaciones son perversas y suponen una sangría para el Estado» -¿Cree que la próxima reforma laboral será la que amplíe la edad de jubilación? -Ya se ha llegado a un acuerdo para sea así. El desequilibrio financiero exige que se [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Jesús Mercader, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Carlos III piensa que <em>«Las prejubilaciones son perversas y suponen una sangría para el Estado»</em></p>
<p>-¿Cree que la próxima reforma laboral será la que amplíe la edad de jubilación?</p>
<p>-Ya se ha llegado a un acuerdo para sea así. El desequilibrio financiero exige que se amplíe la edad de jubilación.</p>
<p>-¿Se ha acabado la época de las prejubilaciones?</p>
<p>-Sí. Las prejubilaciones que se han hecho en este país han supuesto una sangría para el Estado. Han sido perversas, en el sentido de que no se midieron la consecuencias de muchas decisiones que se adoptaron. La idea es borrarlas del mapa salvo en supuestos muy definidos. Vamos a pasar de la &#8216;pre&#8217; a la &#8216;post&#8217; jubilación.</p>
<p>[Fuente: elcomerciodigital.com]</p>
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		<title>GOBIERNO Y SINDICATOS SE PONEN DE ACUERDO PARA REFORMAR LAS PENSIONES</title>
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		<pubDate>Thu, 22 Jun 2006 16:35:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jose Luis Jordana Laguna</dc:creator>
				<category><![CDATA[Administración Pública]]></category>
		<category><![CDATA[Jubilación]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Pensiones]]></category>

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		<description><![CDATA[Lo ha anunciado el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera. Los sindicatos CC.OO. y UGT ya le han dado visto bueno al texto de reforma de la Seguridad Social donde las pensiones se ponen al día. Sólo falta que se sume la patronal y, con suerte, se firmaría el acuerdo antes de fin [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Lo ha anunciado el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera. Los sindicatos CC.OO. y UGT ya le han dado visto bueno al texto de reforma de la Seguridad Social donde las pensiones se ponen al día. Sólo falta que se sume la patronal y, con suerte, se firmaría el acuerdo antes de fin de junio del presente año. Se pretende adaptarse a la nueva realidad social y alargar su sostenibilidad. </p>
<p>El texto una vez aprobado por los agentes sociales, pasará al Parlamento y será remitido a la Comisión del Pacto de Toledo para su revisión, estudio y posibles propuestas de modificación. Se intenta que entre en vigor el 1º de enero de 2007.</p>
<p>Entre las novedades podemos destacar el acceso a la pensión de viudedad de las parejas de hecho; el ascenso hasta los 61 años de la edad efectiva para poderse acogerse a la jubilación parcial; el incremento de los beneficios para aquellos trabajadores que deseen prolongar la edad de la jubilación más allá de los 65 años legalmente establecidos establecidos; y la exigencia de más tiempo de cotización para poder cobrar una pensión de jubilación. </p>
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